Importante: Si estás preparando un proyecto de rehabilitación de un edificio terciario, evita realizar pedidos de módulos, inversores o baterías antes de registrar la solicitud. Hacerlo puede impedir el acceso a las ayudas del programa INNOVAE.
El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) ha lanzado la primera convocatoria del programa INNOVAE, una iniciativa dotada con 115 millones de euros para impulsar proyectos innovadores de eficiencia energética.
Dentro de esta convocatoria, existe un subprograma especialmente relevante para el sector fotovoltaico: la renovación integral de edificios terciarios hacia edificios de cero emisiones (ZEB), que cuenta con un presupuesto de 30 millones de euros y ayudas de hasta 3 millones de euros por proyecto. En este caso, la generación fotovoltaica no es simplemente una actuación subvencionable, sino un requisito imprescindible para poder acceder a las ayudas.
La fotovoltaica, un requisito para acceder a la ayuda
El objetivo de este subprograma es transformar edificios terciarios existentes en edificios de cero emisiones. Para ello, las bases establecen que el consumo anual de energía primaria del edificio renovado debe cubrirse exclusivamente mediante energías renovables generadas en el propio edificio o en sus proximidades.
Esto convierte a la instalación fotovoltaica en un elemento obligatorio dentro del proyecto.
Además, el programa contempla la posibilidad de incluir sistemas de automatización, control y acumulación energética, donde encaja el almacenamiento mediante baterías, siempre que forme parte de la gestión energética del edificio.
¿Qué edificios pueden optar a estas ayudas?
El programa está dirigido a edificios terciarios existentes, entre los que se incluyen usos como:
- Oficinas y edificios administrativos.
- Centros sanitarios.
- Edificios comerciales.
- Hoteles, hostales, residencias y apartamentos turísticos.
- Centros educativos.
- Edificios culturales y recreativos.
- Restauración.
- Instalaciones deportivas.
- Infraestructuras destinadas al transporte de personas.
También pueden ser subvencionables actuaciones que supongan un cambio de uso hacia alguno de estos destinos.
¿Quién puede ser beneficiario?
Entre los posibles beneficiarios se encuentran:
- Empresas de cualquier tamaño.
- Empresas de servicios energéticos (ESE).
- Universidades y centros de I+D.
- Administraciones públicas.
- Entidades del tercer sector.
- Comunidades de propietarios, siempre que el edificio tenga un uso terciario.
Las comunidades de propietarios únicamente pueden acceder a estas ayudas cuando el edificio esté destinado a usos terciarios, como edificios de oficinas, centros comerciales o apartamentos turísticos.
Principales requisitos del subprograma
Para poder optar a la ayuda, el proyecto debe cumplir una serie de condiciones técnicas, entre ellas:
- Alcanzar una reducción del 60 % del consumo de energía primaria.
- Reducir al menos un 20 % el consumo de energía final respecto al edificio existente.
- Obtener una calificación energética A o B en emisiones de CO₂ tras la actuación.
- Incluir al menos dos de las tipologías de actuación previstas por el programa, entre las que se encuentran la generación renovable, la automatización y acumulación energética, la mejora de la envolvente, la iluminación o la digitalización del edificio.
El presupuesto mínimo elegible es de 1 millón de euros por proyecto y el plazo máximo de ejecución es de 24 meses.
Fechas que conviene tener muy presentes
El plazo para presentar solicitudes estará abierto del 15 de septiembre al 18 de noviembre de 2026.
Sin embargo, existe un aspecto especialmente importante que deben tener en cuenta tanto los promotores como las empresas instaladoras: no puede existir ningún compromiso firme de compra de equipos antes de registrar la solicitud.
Esto significa que realizar un pedido de módulos fotovoltaicos, inversores o baterías antes de presentar la solicitud puede hacer que el proyecto pierda el denominado "efecto incentivador", requisito exigido por la convocatoria, y quede automáticamente excluido de las ayudas.
Un momento para preparar los proyectos
Aunque las solicitudes no podrán presentarse hasta septiembre, la documentación técnica necesaria es amplia y las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva.
Por ello, para aquellos proyectos de rehabilitación integral de edificios terciarios que contemplen instalaciones fotovoltaicas y soluciones de almacenamiento, este es un buen momento para comenzar a preparar la documentación y revisar que la actuación cumple todos los requisitos establecidos por el programa.
Desde Orduña seguiremos atentos a la evolución de esta convocatoria y continuaremos informando sobre cualquier novedad que pueda resultar de interés para nuestros clientes y colaboradores.